Licencia de pesca para las embarcaciones de recreo. - Para pescar, ya sea desde embarcación, con caña o apnea, debemos obtener una licencia que nos permita realizar nuestro deporte favorito sin exponernos a la consiguiente multa o sanción. Este permiso lo otorga cada Comunidad Autónoma por medio del Ministerio de Agricultura y Pesca, el organismo encargado de regular esta actividad en nuestro país.
La licencia de pesca es un documento personal e intransferible que viene acompañada por un reglamento que nos indica la legislación vigente, la cantidad y las especies que podemos pescar, las zonas habilitadas para ello, así como el calendario con los periodos en los que podemos realizar esta actividad o las modalidades de pesca permitidas. Conocer al milímetro cada punto de este reglamento es crucial a la hora de evitar cualquier problema en el futuro. Por su parte, la autoridad pertinente podrá requerirnos nuestra licencia mientras estemos practicando la pesca, por lo que es imprescindible llevarla siempre encima. Además, según el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, también es obligatorio disponer de un seguro para las embarcaciones de recreo cuyo objeto es cubrir los posibles daños materiales y personales causados a terceros.
Pesca en aguas interiores. - En el caso de querer realizar pesca de recreo en aguas interiores son las Comunidades Autónomas las encargadas de regular la actividad y conceder las respectivas licencias. Las aguas interiores son aquellas comprendidas tanto dentro del territorio nacional como en la zona marítima situada entre el litoral y la línea base del mar. Entre las modalidades de pesca deportiva, las más populares son el surfcasting que se realiza “lanzando contra el oleaje”, la pesca mediante volatín, lanzado y chambel, y –si la embarcación está en marcha- el curricán y brumeo.
Licencia de pesca y embarcaciones. - Además de las licencias de pesca para embarcaciones que se dedican profesionalmente a dicho fin, las de recreo que deseen ejercer esta actividad de forma deportiva también deben obtener su pertinente licencia. La Ley de Fomento a la Marina Mercante establece que se puede solicitar el permiso para embarcaciones deportivas o de recreo pertenecientes a las listas oficiales de buques sexta y séptima detalladas en dicha ley. Según la legislación vigente, se entiende por “embarcaciones de recreo” aquellas “de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2,5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transponen más de doce pasajeros”.
Además de la licencia de actividad expedida por el órgano competente de la comunidad autónoma del litoral, las embarcaciones deben disponer de una autorización específica expedida por la Dirección General de Ordenación Pesquera de la Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para la captura o tenencia a bordo de especies sometidas a medidas de protección diferenciada. Esta autorización la debe solicitar el titular de la embarcación, y deberá llevarla a bordo siempre que ejerza esta actividad.
Documentos necesarios para solicitar la licencia de pesca. - La solicitud de la licencia de pesca no entraña grandes complicaciones. Sólo será necesario entregar una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), el Número de Identificación Fiscal NIF), el Número de Identidad de Extranjero NIE), o el pasaporte. Si el solicitante es menor de 16 años, deberá acompañar de una autorización expresa de su tutor legal (junto a la fotocopia de su DNI). Los menores de 14 años solo pueden realizar pesca de tierra, es decir, no en embarcaciones, y siempre bajo la supervisión de un adulto.
En cuanto a las tasas, cada Comunidad Autónoma establece su importe de forma anual, por lo que conviene informarse en las administraciones correspondientes. También se puede solicitar la licencia vía online. En muchos casos se nos pedirá un certificado electrónico vigente y válido para la Comunidad Autónoma en la que queramos solicitar el permiso.
Pesca de recreo. Requisitos. - La pesca desde embarcaciones de recreo está regulada por la orden de 20 de febrero de 1999 y diversas leyes promulgadas por las comunidades autónomas competentes en la materia. La pesca marítima de recreo ha tenido en los últimos años un gran auge, alcanzando un importante desarrollo en las zonas costeras y, más recientemente, en mar abierto, dirigida a la captura de grandes migradores. Si bien no podemos estar de acuerdo con que la destrucción de los recursos pesqueros sea debido a la pesca deportiva, lo cierto es que un cierto control de la misma resulta adecuado. A efectos de regular, entonces, aquellos aspectos que inciden en la conservación de los recursos pesqueros, se promulgaron por parte de las autoridades en el año 1999 una Orden por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en la cual se regula la pesca de recreo.
También algunas comunidades autónomas han regulado la práctica de la pesca de recreo, entre ellas Cataluña, Valencia, Galicia, el País Vasco, Andalucía mediante sendas leyes. Lo cierto es que, a pesar de las diversas fuentes de regulación, en términos generales es homogénea, por lo cual, con el análisis de la Orden Ministerial a que ya hemos hecho referencia podemos ver los requisitos necesarios para realizar esta actividad. La Orden que comentamos establece las especies que está autorizado pescar, las prohibidas y los topes máximos de captura, así como se adoptan medidas de protección especial y diferenciada para determinadas especies sensibles cuya captura se encuentren reguladas por organismos internacionales.
También, se definen en ella los aparejos y utensilios autorizados en la pesca marítima de recreo de superficie y submarina. Su ámbito de aplicación es al ejercicio de la pesca marítima de recreo que se efectúe en aguas de jurisdicción o soberanía españolas y por ciudadanos españoles en aguas internacionales. La norma no es de aplicación en el archipiélago canario, excepto en lo que se refiere a la necesidad de contar con la licencia correspondiente y la declaración de desembarque. Tampoco se aplica a la pesca que se realiza en agua interiores ya que es competencia exclusiva en algunos casos de las comunidades autónomas o conferencias hidrográficas.
LA LICENCIA DE PESCA. - Necesidad de autorización administrativa. - Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo es necesario disponer de la correspondiente autorización administrativa o licencia, expedida por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en cuyo litoral pretenda practicarse la actividad. Cuando el deportista vaya a capturar o tener a bordo de especies sometidas a medidas de protección diferenciadas y específicas, las embarcaciones deberán disponer de una autorización de la Secretaría General de Pesca Marítima. Están sometidas a estas medidas especiales de protección las siguientes especies: Atún rojo, Atún blanco, Patudo, Pez espada, Marlines, Agujas, el Pez vela y la Merluza. Tanto la autorización a que hemos hecho referencia como la licencia citada deben llevarse a bordo cuando se ejerza la actividad. La expedición de los citados documentos estará sometida al pago de las tasas correspondientes.
LIMITACIONES. - Establecimiento de topes máximos de captura. - El tope máximo de captura por licencia y día en la pesca marítima de recreo de especies distintas a las especialmente protegidas que hicimos mención será de 5 kilogramos, pudiendo no computarse el peso de una de las piezas capturadas. Cuando se trata de pesca colectiva desde embarcación y el número de licencias a bordo sea superior a cinco, no podrá superarse el máximo de 25 kilogramos por día. Los topes máximos de captura en la pesca marítima de recreo de especies sujetas a medidas especiales de protección serán de:
- Cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día, para el conjunto atún blanco, patudo y merluza.
- Una pieza por licencia y día, con un máximo de cuatro piezas por embarcación y día, para el resto de las especies.
- En el caso de la pesca de atún rojo en el Mediterráneo los límites de captura se establecen en:
- Una pieza por licencia y día hasta un máximo de tres por barco para ejemplares superiores a 80 kilogramos de peso medio.
- Dos piezas por licencia y día hasta un máximo de seis por barco para ejemplares de peso medio entre 30 y 80 kilogramos.
- Cuatro piezas por licencia y día hasta un máximo de 12 por barco para ejemplares de peso medio entre la talla mínima autorizada y los 30 kilogramos.
En cualquier caso, las embarcaciones de pesca recreativa no pueden tener a bordo capturas superiores a los límites máximos autorizados para cada día en los apartados anteriores, quedando expresamente prohibido cualquier trasbordo de las mismas. Por otro lado, cuando se vayan a celebrar concursos o competiciones deportivas, en las que se pretenda superar los topes de capturas establecidos en el artículo anterior, será necesaria una autorización expresa de la Secretaría General de Pesca Marítima que deberá acompañarse con la documentación acreditativa de haber solicitado la autorización que haya de emitir la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias en materia de ocio y deporte.
APAREJOS DE PESCA Y OTRAS LIMITACIONES. - Aparejos y utensilios autorizados en la pesca marítima de recreo de superficie. - Para la práctica de la pesca marítima de recreo en superficie, bien sea desde la costa o desde una embarcación, únicamente podrán emplearse líneas o aparejos con un máximo de seis anzuelos o dos poteras por licencia. Los cebos artificiales se considerarán como anzuelos y no se podrán utilizar más de dos aparejos por licencia.
Arpones autorizados y marcas en la pesca marítima submarina de recreo. - La pesca marítima submarina de recreo podrá ejercerse exclusivamente con arpones manuales o impulsados por medios mecánicos. En la práctica de la pesca marítima submarina de recreo, cada buceador deberá marcar su posición mediante una boya de señalización claramente visible.
Declaración de desembarque. - Los Capitanes o Patrones de las embarcaciones o, en su caso, los titulares de las licencias, cuando capturen especies de especial protección, deberán cumplimentar una declaración de desembarque cuyo modelo figura en el anexo de la orden que comentamos, remitiéndola directamente a la Secretaría General de Pesca Marítima, o bien a través de un club o asociación de pesca recreativa reconocida, en un plazo máximo de siete días naturales a partir del momento de la captura.
Tallas mínimas. - En todo caso deberán respetarse las tallas que se fijan en el Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, por el que se establecen las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras. Los ejemplares que no alcancen la talla autorizada deberán ser devueltos inmediatamente a la mar.
PROHIBICIONES. - En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:
- La venta de las capturas obtenidas.
- Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberán mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 metros de los buques pesqueros y de los artes o aparejos profesionales calados.
- El uso y la tenencia de artes o aparejos propios de la pesca profesional, tales como palangres, nasas o cualquier clase de redes.
- El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica o de cualquier otro tipo que no sea la estrictamente manual. No obstante, se autoriza el uso de un máximo de dos carretes eléctricos siempre que, en su potencia máxima conjunta, no se superen los 300 W.
- El uso de cualquier medio de atracción o concentración artificial de las especies a capturar y, de forma expresa, el uso de luces a tal objeto. De esta prohibición queda excluida, en el área mediterránea, la modalidad de pesca conocida como brumeo, en la que se emplean ejemplares enteros de pescados para mantener los bancos de grandes pelágicos en las proximidades de la zona de pesca. A estos efectos, se permitirá la tenencia a bordo de hasta 60 kilogramos de pequeños pelágicos, o especies similares, en ningún caso vivos, por embarcación y día.
- El uso de cualquier aparato que emplee, como fuerza propulsora para el lanzamiento de arpones, mezclas detonantes o explosivas.
- El empleo o tenencia de cualquier clase de sustancia venenosa, narcótica, explosiva o contaminante.
- El uso de equipos autónomos de buceo en el ejercicio de la pesca submarina.
- El uso o tenencia de torpedos hidrodeslizadores y vehículos similares.
- La pesca en los canales de acceso a puertos, en el interior de ellos y a menos de 100 metros de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.
- La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol.
Especies cuya pesca o captura recreativa está prohibida.
- Corales.
- Moluscos bivalvos y gasterópodos.
- Crustáceos.
- Cualquier otra especie cuya captura esté prohibida por la normativa comunitaria o española o por los Convenios Internacionales suscritos por España.
Régimen de infracciones y sanciones. - Las infracciones y sanciones en materia de pesca vienen reguladas en la ley 3/ 2001, de pesca marítima del Estado. Son responsables de las infracciones tipificadas en el ámbito de la pesca marítima las personas físicas o jurídicas que las cometan y cuando la infracción sea imputable a varias personas y no sea posible determinar el grado de participación de cada una, responderán solidariamente los propietarios de buques, armadores, fletadores, capitanes y patrones o personas que dirijan las actividades pesqueras. Como es habitual en el derecho sancionados las infracciones administrativas previstas se clasifican en muy graves, graves y leves, prescribiendo en el plazo de tres años las muy graves, en el de dos años las graves y en el de seis meses las leves.
Debemos tener en cuenta que las autoridades competentes en materia de pesca marítima y los agentes y autoridades que actúen por delegación, como por ejemplo las Patrullas del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, pueden adoptar medidas desde el momento en que tengan conocimiento de la comisión de una presunta infracción como ser la retención de la embarcación o de las artes de pesca antirreglamentarias y el apresamiento del buque en los supuestos de infracciones graves o muy graves, para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, el buen fin del procedimiento, evitar el mantenimiento de los efectos de la infracción y garantizar los intereses generales. La adopción de estas medidas debe está fundamentada y motivada, y pueden tomarse incluso de forma verbal, con la obligación de reflejarlo por escrito en un plazo máximo de 5 días.
Se califican como infracciones graves.
- El ejercicio o realización de actividades de pesca, sin disponer de la correspondiente autorización o licencia.
- El incumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de pesca.
- El incumplimiento de las normas vigentes sobre modalidades de pesca.
- La utilización o tenencia a bordo de los prohibidos, no autorizados o antirreglamentarios.
Como infracciones muy graves.
- La realización de actividades no permitidas en las zonas de protección pesquera.
- En cuanto a las sanciones que pueden aplicarse por la comisión de las infracciones indicadas son las siguientes:
- Apercibimiento.
- Multa.
- Inhabilitación para el ejercicio o desarrollo de actividades pesqueras durante un período no superior a cinco años.
- Incautación de artes, aparejos o útiles de pesca prohibidos o que infrinjan la normativa vigente.
- Decomiso de los productos o bienes.
- Incautación del buque.
La graduación de las sanciones, será:
- Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de 60 a 300 euros.
- Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 301 a 60.000 euros.
- Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 a 300.000 euros.
Explotación lucrativa de la pesca recreativa. - La pesca recreativa realizada desde embarcaciones destinadas a su explotación comercial para esta actividad, deberá cumplir además los siguientes requisitos:
- Disponer de un permiso de actividad expedido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En dicho permiso se especificarán, en caso necesario, las capturas permitidas en cómputo anual.
- Suministrar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, información acerca de las capturas efectuadas por zona y período de tiempo, de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen.
Normas sobre el tema promulgadas por las Comunidades Autónomas. - Por tratarse España de un estado compuesto, para el ejercicio de la pesca deportiva es conveniente también conocer las obligaciones exigidas por la legislación de la Comunidades Autónomas.
A continuación, se indican las principales:
Decreto 211/1999, de 17 de junio, que regula la pesca marítima de recreo en Galicia, desarrollada por la orden de 13 de agosto de 1999
Decreto 76/ 200, de 2 de noviembre, que regula la pesca marítima de recreo en el Principado de Asturias.
Decreto 45/ 2002, de 2 de abril, por el que se establecen normas para la pesca marítima en Cantabria.
Decreto 109/1995, de 24 de marzo, de regulación de la pesca marítima en Cataluña
Ley 6/ 1998, de 13 de marzo, de pesca marítima en el País Vasco
Decreto 121/ 1998, de 6 de agosto, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas del archipiélago canario.
Decreto 131/ 2000, de 5 de septiembre, por el que se establecen las normas de pesca marítima de recreo en la Comunidad Valenciana.
Decreto 61/ 2002, de 19 de abril, que modifica el Decreto 69/ 199, de 4 de junio, que regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear.
Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en Andalucía.
Consejos para tu aventura de pesca deportiva en barco. - La pesca deportiva también se conoce como pesca recreativa. Se pesca solamente por diversión e incluso como competición e incluye el uso de anzuelos, cañas de pescar o carretes, como cualquier otro método de pesca. Los pescadores pueden quedarse con los peces o practicar la captura y liberación, según su preferencia. El equipo no cambia necesariamente para la pesca deportiva desde barco, sin embargo, si quieres liberar tus capturas de manera segura, es importante elegir cuidadosamente tu equipo de pesca e incluir cosas como anzuelos sin púas, redes de goma y aprender prácticas seguras de manipulación de peces, para mantenerlos vivos y sin estrés después de una pelea.
Barcas deportivas. - Si planeas ir al mar a pescar, necesitas una barca deportiva. Un barco es uno de los elementos imprescindibles de todo pescador deportivo, ya sea en la costa o en alta mar. Si estás planeando pescar en alta mar y unirte a una competencia, lo que necesitas es usar un barco pesca deportiva grande. Catamaranes, barcos para pesca deportiva o yates, como el Hatteras GT70, serán excelentes opciones. Los kayaks y las lanchas planas se utilizan comúnmente cuando se trata de pesca de bajura.
Pesca en kayak. - La pesca en kayak es una oportunidad de pesca deportiva desde barco extremadamente común en la que los pescadores se esfuerzan por atrapar peces monstruosos desde pequeños kayaks de pesca. Es importante recordar investigar las reglas de pesca deportiva en la zona donde planees pescar y, no lo olvides, registra tu barco. Si deseas más información para este registro, puedes ingresar aquí.
Tipos de pesca deportiva desde barcos. - Hay diversos tipos de pesca deportiva desde barco. Los pescadores con mosca deben ser sin duda alguna los más conocidos. Muchos lo practican sólo por el hecho de estar en contacto con la naturaleza. Ya sea en agua dulce o salada, la diversidad de especies que puedes capturar con esta técnica la hace una increíble opción sin necesidad de pensar demasiado. Realmente no hay nada más relajante que pescar en el mar. Una vez que hayas anclado, simplemente deja caer tu aparejo cebado por un lado y envíalo al fondo del agua. La pesca con caña desde un barco ofrece una experiencia diferente a la de lanzar el sedal desde tierra firme. Por lo tanto, independientemente de la masa de agua en la que estés pescando, ya sea en un río, un lago o el mar, debes estar preparado para hacer los ajustes necesarios. Luego de esto, solamente siéntate, y disfruta.
¿Cómo se practica la pesca desde embarcación? - La pesca desde barco es una práctica que despierta mucho interés entre los aficionados al arte de la pesca. Como su nombre indica, comprende a todo el grupo de técnicas pesqueras que se llevan a cabo desde un barco y que pueden tener fines tanto deportivos como económicos. Los lugares donde más suele practicarse son los mares y océanos, aunque también puede llevarse a cabo en pantanos y ríos caudalosos. Así, centrándonos en los entornos marinos, podemos encontrar la pesca de bajura, la pesca de altura y la de gran altura. Cada una de estas utiliza diferentes tipos de embarcaciones y varía en función de la distancia a la que se realiza con respecto a la costa y a la profundidad en la que se suele pescar, además de la duración, que puede ir desde tan solo un día hasta un total de varios meses sin pisar tierra firme.
Hay varias modalidades de pesca que se llevan a cabo en barcos. Las principales y más famosas, sin contar las que implican el uso de redes, son la pesca al curricán, la pesca al lanzado, la pesca con mosca y la pesca al volantín o fondo. Vamos a explicar brevemente cada una de ellas:
Curricán: también se la conoce como pesca a la traína. Se caracteriza por lanzar un cebo a una distancia concreta de la embarcación, conectado a esta para estar en continuo movimiento mientras el barco sigue desplazándose. Tiene dos variantes, de superficie y de fondo, y su productividad puede ser bastante alta. De hecho, siempre implica el uso de varias cañas en la popa para aumentar las probabilidades de éxito.
Lanzado: es idéntica al lanzado en tierra, con la diferencia de que se realiza desde una embarcación que puede permanecer estática o en movimiento. El pescador tan solo tiene que lanzar la caña a una distancia prudencial e ir recogiendo hasta que piquen.
Con mosca: de forma similar a la anterior práctica, se caracteriza por usar mosca como señuelo para los peces. Funciona mucho mejor en aguas dulces que en saladas.
Al volantín: esta práctica requiere que el barco de pesca esté completamente quieto. Se diferencia por estar completamente centrada en la pesca de fondo, para lo que hace falta usar plomos que hagan descender la línea, equipada con varios anzuelos y con un cebo cercano para atraer diferentes peces.
¿Qué tipos de materiales se usan en la pesca desde barco? - Los materiales que se utilizan para esta variante pesquera están pensados para la práctica en el mar, sobre todo. Aunque hay quienes creen que con recurrir a los materiales típicos para pescar en costa es suficiente, la realidad indica que no es así; de hecho, deben usarse equipos bastante distintos a los que se emplearían en cualquier otro lugar.
Para empezar, las cañas para la pesca deben ser bastante largas (cuanto más, mejor) y ligeras, además de con un puntero sensible. Al usarse sobre todo para pescar en fondo, la sensibilidad es necesaria para notar la mordida con facilidad y, dado también que las piezas a pescar en estos entornos suelen tener unas dimensiones y peso considerables, la ligereza ayuda a evitar un exceso de carga sobre el que tirar. Se recomienda, además, contar con varias intercambiables en caso de rotura o necesidad de más cañas.
Los carretes, por su parte, juegan un papel bastante importante junto al hilo. Las bobinas a emplear deben ser anchas para que el hilo pueda salir de forma rápida y fluida y, por supuesto, el carrete para pescar ha de tener una acción de giro rápida. Hay que buscar siempre aquellos que sean ligeros, pero que no por ello dejen de ser potentes, un equilibrio entre ambas características es esencial.
Volviendo a los citados hilos y líneas, la elección predilecta son todos aquellos trenzados, ya que ofrecen una resistencia mucho mayor a los filamentos y pueden aguantar también las mordidas de muchos de los depredadores marinos, además de ofrecer una buena sensibilidad ante la picada.
La ligereza es lo primero que se busca, pero también la resistencia. Las piezas suelen ser pesadas y voluminosas, por lo que hace falta contar con un equipo capaz de aguantar tanto su peso como su fuerza y que, por contrapartida, no implique un sobreesfuerzo del pescador.
¿Cuáles son los mejores cebos y señuelos para pescar desde embarcación? - Si hay algo en lo que insisten todos los pescadores que realizan la pesca desde barco, y que ha quedado más que demostrado con el paso del tiempo, es que los cebos vivos y aquellos que dejan un potente rastro o aroma son los que mejor funcionan cuando se pesca en mitad del mar. Son capaces de atraer a todo tipo de depredadores que, hambrientos, no dudan en lanzarse a morderlos y, en consecuencia, picar en el anzuelo. Todo aquello de procedencia natural suele suponer una mayor tasa de éxito de cara a provocar la mordida. De hecho, algunos de los mejores cebos que se pueden emplear son cosas como langostinos, gambas o incluso trozos de sardina; son el aperitivo favorito de muchas de las especies contundentes que se mueven por agua salada.
Entre los señuelos más adecuados para este tipo de pesca, lo mejor es siempre buscar algo que llame la atención, pero que, por ejemplo, si se recurre al curricán, no tenga colores demasiado excesivos. Los peces artificiales, incluso los vinilos que los imitan, funcionan bastante bien. De hecho, suelen ser los favoritos. Por otra parte, los pulpitos, las plumas, las cucharillas y todas esas opciones suelen funcionar sin problemas, siempre y cuando se recurra a combinaciones que se parezcan a las especies que hay por la zona. Introducir algo poco habitual en unas aguas es sinónimo de espantar a las piezas y reducir las probabilidades de conseguir que muerdan. Busca siempre aquello que se parezca a lo que consumen los depredadores del lugar y juega con las profundidades, así podrás asegurarte de que, al menos, piquen en tus anzuelos sin importar el método al que recurras.
¿Cuáles son los lugares más indicados para tener éxito en la pesca de alta mar? - Por lo general, allá donde veas un grupo de aves sobrevolando y lanzándose al agua, será un buen lugar para probar suerte con las cañas, ya que es sinónimo de que hay piezas que pueden ser pescadas. De no ser así, tienes que pensar en los diferentes hábitats de las especies marinas. Cada una posee un comportamiento distinto, lo que hace que se esconda o habitúe zonas diferentes, como también profundidades diferentes. Un buen sitio para realizar la pesca en mar es cerca de los montes subacuáticos. Que te desplaces varias millas al interior del agua no implica que la profundidad siempre vaya a más o sea homogénea, hay montículos bajo el agua que alteran esta y que, a su vez, pueden hacer las veces de hogar o de refugio de numerosas e interesantes piezas.
Dado que lo habitual es moverse dentro de la plataforma continental, buscar todo aquello que sean barrancos, acantilados o incluso cañones bajo el mar es otra buena manera de aumentar el índice de éxito. El agua de estas zonas contiene numerosos nutrientes que descienden desde lo más profundo, convirtiéndose por tanto en los lugares más adecuados para que los peces busquen alimento y para que tu anzuelo sea mordido. Es ideal, también, aprovechas los cambios de temperatura que suelen darse en estos lugares, ya que implican la presencia de diferentes especies, aclimatadas a distintas condiciones térmicas.
El arrastre vuelve a ser útil en el perímetro de todas las estructuras de carácter artificial que se encuentren en el mar. Las torres destinadas a ayudar a los navegantes y las boyas de señalización son buenos lugares para echar las redes y llevarse un buen puñado de peces con suma facilidad, y es que hay muchos que se acercan a estas construcciones para refugiarse de determinados depredadores, o que simplemente permanecen ahí a la espera de otros más pequeños para devorarlos.
Hay que recordar siempre que las profundidades juegan un papel primordial en este terreno. Las especies marinas que puedas encontrar no solo dependen del sitio en el que comiences a pescar, sino también de la profundidad a la que quieras hacerlo. Por lo general, las piezas más grandes suelen moverse por profundidades medias y bajas y solo suben en caso de percibir un señuelo o un cebo que les llame poderosamente la atención.
Infórmate bien de qué clase de pez, o de peces, quieres capturar antes de salir al mar. Cuando lo tengas claro, entérate bien de cuáles son sus comportamientos y en qué lugares suelen moverse y ve directamente a las zonas más indicadas para ello. Prepararse bien de antemano es la mejor forma de asegurar una jornada de pesca productiva y evitar pasar horas en balde bajo un sol castigador o en una fría noche. Aunque la paciencia siempre es algo que hay que llevar encima.
PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN ALICANTE – SUBMARINA
Normativa Aplicable en Comunidad Valenciana. - Licencias de pesca recreativa y Tasas para pesca Submarina.
- La práctica de la pesca marítima de recreo submarina podrán realizarla las personas mayores de 16 años.
- De acuerdo con la normativa estatal de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, el solicitante de la licencia deberá justificar, mediante certificado médico, que reúne las condiciones físicas necesarias y que no padece enfermedad alguna que le impida la práctica normal de esta actividad. Este certificado deberá ser expedido por un médico que posea título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial.
Aparejos permitidos para pesca Submarina. - Arpones manuales o impulsados por medios mecánicos que podrá tener una o varias puntas.
Balizamiento en pesca submarina:
- Cada persona buceadora deberá marcar su posición mediante una boya de señalización claramente visible, de la que no deberá alejarse de un radio superior a 25 metros (0,013 millas náuticas).
Prohibiciones para pesca Submarina.
- La pesca submarina de recreo no podrá practicarse utilizando equipo autónomo o semiautónomo de buceo.
- Interferir en la práctica de la pesca profesional:
- Distancia mínima a buques de la pesca profesional de 300 m. (0,162 millas náuticas) con carácter general.
- Distancia mínima a buques de la pesca profesional de 500 m. (0,269 millas náuticas) en la pesca de túnidos con caña.
- Distancia mínima a los artes o aparejos calados por los buques de pesca profesional de 148 mts. (0,080 millas náuticas).
- Distancia mínima de la línea perimetral delimitadora de polígonos e instalaciones acuícolas de 200 mts. (0,107 millas náuticas).
- El empleo de cualquier medio de atracción o concentración artificial de las especies a capturar y de forma expresa, el uso de luces a tal objeto, excepto el brumeo con pequeños pelágicos.
- El uso o tenencia de cualquier clase de sustancia venenosa, narcótica, explosiva o contaminante.
- Tener el fusil cargado fuera del agua.
- El empleo de instrumentos de captura con punta explosiva, eléctrica o electrónica, así como de focos luminosos, salvo las linternas de mano.
- El uso o tenencia de artefactos hidrodeslizadores y vehículos similares.
- La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol.
- La pesca submarina en las zonas de arrecifes y en un área circundante de 300 m.
- La práctica de la pesca submarina de recreo cuando se lleven a bordo de la embarcación, simultáneamente, instrumentos de captura de pesca submarina y equipos de respiración en inmersión.
Sitios para practicar la pesca submarina en España. - Antes de conocer varios de los lugares más atrayentes para entrenar pesca submarina en España, veamos algunos aspectos que debemos saber sobre la pesca submarina. Para practicar pesca submarina es esencial buscar lugares con poca corriente, sin oleaje y con acceso cómodo y fácil. Además de esto, debemos prestar especial atención a la previsión meteorológica para evitar imprevisibles.
La pesca submarina pide una buena forma física y concentración para realizar las atrapas. Siempre y en todo momento se tiene que hacer con compañía y con supervisión de otra persona. Se debe tener muy en cuenta que el equipo básico de cualquier deportista debe radicar en aletas, un traje de neopreno, un factor de lastrase, un cuchillo y una boya pesca submarina para identificarse.
La pesca submarina es el género de pesca mucho más selectivo con las atrapas y que solo se puede practicar en varias zonas. Otro factor a tener muy en cuenta es la necesidad de disponer de licencias para entrenar la pesca. Dependiendo de la modalidad de pesca que se realice se va a deber solicitar la licencia más conveniente. Debemos recordar que todas y cada una de las licencias son intransferibles y personales, de manera que no tienen la posibilidad de ser utilizadas por otra gente.
Lugares en España para practicar pesca submarina. - Descubramos una recopilación de los destinos mucho más interesantes para efectuar pesca submarina en España:
1 Islas Canarias. - Las islas Canarias dan sitios sensacionales de pesca con ejemplares variadísimos. Ciertas zonas más destacadas son Punta de La Restringa, en la isla del Hierro, Pasito Blanco o La Graciosa. Como en la mayoría de sitios, no todas las zonas son toleradas para la pesca submarina en las Islas Canarias. Además, también hay horarios y días en los que no está permitido efectuar pesca submarina. Por tanto, antes de elaborar todo el material descubre bien los horarios y la normativa de la región a la que deseas ir.
2 Asturias. - Asturias tiene numerosas playas y pedreros donde los aficionados a la pesca submarina tienen la posibilidad de entrenar este deporte. En la playa de Castiello en Pendueles se pueden visitar varias grutas, arenales y fondos de piedra. Asimismo, son interesantes las próximas playas: la playa de Gueirua, la playa Aramar, la playa de Los Campizales, la playa de la Ñora o la playa de Xagó, entre otras.
3 La costa valenciana es una zona bien interesante para practicar submarinismo, por su poca profundidad, sus calas, la transparencia de sus aguas y su fácil acceso. Varios de los sitios mucho más relevantes son la costa de Azahar, situada en la provincia de Castellón, la región de la Albufera de Valencia y las zonas de Xàbia y Calpe, ubicadas en la provincia de Alicante.
Zonas del litoral Valenciano para hacer pesca submarina. - El litoral valenciano es una zona muy recomendable para practicar submarinismo, ya que su poca profundidad, sus calas, la transparencia de su agua, sus reservas marinas y su fácil acceso hacen de este lugar un sitio propicio para iniciarse en el buceo, sumergirse en apnea o disfrutar de una vista hermosa de las profundidades del Mar Mediterráneo.
En la Costa de Azahar, destaca la localidad de Alcossebre, donde se ubican hermosas playas y rincones naturales de agua transparente y cristalina, como la Cala Blanca o la Cala Mundina, con su faro, que son ideales para la práctica de la pesca submarina, el buceo o la apnea. Es una zona magnífica para disfrutar del submarinismo y con una fauna marina muy rica, ya que se pueden capturar desde doradas hasta pulpos, lubinas y sargos.
En Xábia, podemos disfrutar de hermosas calas, como la de Ambolo, con la Isla del Descubridor muy cerca. También la Cala Barraca y su Isla del Portitxol, a unos 300 metros o la playa de la Granadella. Lugares excepcionales para una buena pesca submarina. Corvinas, congrios, tordos o estrellas de mar, entre gorgonias de colores vivos, son especies que se pueden contemplar si uno se sumerge en sus aguas. Y si hay suerte, se puede avistar hasta peces luna.
Un tercer destino en el litoral valenciano es en Calpe, con una variedad enorme de posibles destinos para la pesca submarina. Su orografía marina muy rocosa convierte esta zona en un lugar idóneo para inmersiones muy entretenidas. Se recomienda Los Arcos, Roca Plana o Roca de la Langosta. El vivero de peces es inmenso, desde barracudas, doradas y sargos hasta nudibranquios, pulpos, congrios, salpas o langostas.
Playas Javea Alicante. - La Caleta (Cala Blanca). - Los más recomendable de este lugar son las vistas, ya que esta cala es muy pequeña. Muy buenas vistas al Cabo de San Antonio y a toda la bahia. Para acceder a esta playa hay que recorrer unos pocos metros andando por un pequeño paseo asfaltado muy agradable cerca del mar, que a la vez sirve de acceso a las casas colindantes.
Ambolo. - Playa de tipo nudista. Es un precioso lugar de agua turquesa y transparente. Se puede pescar desde cualquiera de sus rocas. Los fondos marinos son impresionantes. Esta es una de las mejores zonas de Alicante para practicar submarinismo, pesca submarina y snorkeling. Se puede aparcar en la pequeña carretera que baja a la playa. El último tramo de 30 metros se hace a pie.
El Portixol II. - Es una playa bastante rocosa y muy recomendada para montar en kayak y bucear. El tipo de suelo es rocoso.
Playa de Las Rocas. - Esta es una zona de playa recomendable para dar paseos y pescar. Desde aquí se disfruta de bonitas vistas al Cabo de San Antonio y de buenos fondos para hacer snorkeling. Hay una pequeña parte cementada que localmente se conoce como Playa del Ministro.
Cala Cap Mart (Sardinera). - En ella se pueden contemplar los fondos marinos que estan llenos de rocas, erizos y peces. Tiene pequeñas cuevas adecuadas para practicar buceo. El agua es cristalina y el fondo está lleno de piedras. La mejor manera de llegar es en barco y fondear.
La Grava (Las Piedras). - Junto al puerto de Jávea encontramos esta playa de cantos blancos. Son destacables su paseo marítimo, su proximidad al puerto y los restaurantes. Baño ideal en sus limpias aguas.
El Portixol (La Barraca). - Playa recogida en forma de bahía, con pequeñas casas que son pequeños embarcaderos donde los pescadores guardan barcas y utensilios. Está rodeada de pinos y tiene vistas a un gran islote: "EL Portixol", donde muchos submarinistas se acercan a bucear.
I Montaar. - Larga y extensa playa. El acceso es muy fácil, con mucho espacio en el que poder aparcar a pie de playa desde la carretera general. El Arenal (Xàbia-Jávea). Playa en forma de pequeña bahía de arena fina dorada, rodeada de un pequeño paseo marítimo. En su parte izquierda, según miras al mar, hay un pequeño puerto deportivo.
La Granadella. - Pequeña playa a las afueras de Jávea. Cuenta con buenas infraestructuras. De agua turquesa. Hay prxina una cala diminuta la Granadellita. El entorno es bello.
4 Galicia. - Galicia luce por zonas muy aconsejables para conocer, preferentemente entre marzo y julio por la proporción de ejemplares y por la temperatura ámbito. Sin embargo, también se puede aprovechar el resto del año para practicar pesca submarina si el frío no te supone ningún problema. Ciertas zonas más resaltadas son O Portiño o la cala Caneliñas. Además, asimismo resaltan sus enormes ríos: Miño, Ulla y Eume.
0 comments:
Post a Comment