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jueves, 25 de noviembre de 2021

LA PESCA

La pesca en barco, todo sobre la pesca desde embarcación



¿Cómo se practica la pesca desde embarcación?.- La pesca desde barco es una práctica que despierta mucho interés entre los aficionados al arte de la pesca. Como su nombre indica, comprende a todo el grupo de técnicas pesqueras que se llevan a cabo desde un barco y que pueden tener fines tanto deportivos como económicos. Los lugares donde más suele practicarse son los mares y océanos, aunque también puede llevarse a cabo en pantanos y ríos caudalosos. Así, centrándonos en los entornos marinos, podemos encontrar la pesca de bajura, la pesca de altura y la de gran altura. Cada una de estas utiliza diferentes tipos de embarcaciones y varía en función de la distancia a la que se realiza con respecto a la costa y a la profundidad en la que se suele pescar, además de la duración, que puede ir desde tan solo un día hasta un total de varios meses sin pisar tierra firme. ***Hay varias modalidades de pesca que se llevan a cabo en barcos. Las principales y más famosas, sin contar las que implican el uso de redes, son la pesca al curricán, la pesca al lanzado, la pesca con mosca y la pesca al volantín o fondo. Vamos a explicar brevemente cada una de ellas:


Curricán: también se la conoce como pesca a la traína. Se caracteriza por lanzar un cebo a una distancia concreta de la embarcación, conectado a esta para estar en continuo movimiento mientras el barco sigue desplazándose. Tiene dos variantes, de superficie y de fondo, y su productividad puede ser bastante alta. De hecho, siempre implica el uso de varias cañas en la popa para aumentar las probabilidades de éxito.


Lanzado: es idéntico al lanzado en tierra, con la diferencia de que se realiza desde una embarcación que puede permanecer estática o en movimiento. El pescador tan solo tiene que lanzar la caña a una distancia prudencial e ir recogiendo hasta que piquen.


Con mosca: de forma similar a la anterior práctica, se caracteriza por usar mosca como señuelo para los peces. Funciona mucho mejor en aguas dulces que en saladas.


Al volantín: esta práctica requiere que el barco de pesca esté completamente quieto. Se diferencia por estar completamente centrada en la pesca de fondo, para lo que hace falta usar plomos que hagan descender la línea, equipada con varios anzuelos y con un cebo cercano para atraer diferentes peces.
¿Qué tipos de materiales se usan en la pesca desde barco?


Pesca deportiva desde barco.- Los materiales que se utilizan para esta variante pesquera están pensados para la práctica en el mar, sobre todo. Aunque hay quienes creen que con recurrir a los materiales típicos para pescar en costa es suficiente, la realidad indica que no es así; de hecho, deben usarse equipos bastante distintos a los que se emplearían en cualquier otro lugar.


Para empezar, las cañas para la pesca deben ser bastante largas (cuanto más, mejor) y ligeras, además de con un puntero sensible. Al usarse sobre todo para pescar en fondo, la sensibilidad es necesaria para notar la mordida con facilidad y, dado también que las piezas a pescar en estos entornos suelen tener unas dimensiones y peso considerables, la ligereza ayuda a evitar un exceso de carga sobre el que tirar. Se recomienda, además, contar con varias intercambiables en caso de rotura o necesidad de más cañas.


Los carretes, por su parte, juegan un papel bastante importante junto al hilo. Las bobinas a emplear deben ser anchas para que el hilo pueda salir de forma rápida y fluida y, por supuesto, el carrete para pescar ha de tener una acción de giro rápida. Hay que buscar siempre aquellos que sean ligeros, pero que no por ello dejen de ser potentes, un equilibrio entre ambas características es esencial.


Volviendo a los citados hilos y líneas, la elección predilecta son todos aquellos trenzados, ya que ofrecen una resistencia mucho mayor a los filamentos y pueden aguantar también las mordidas de muchos de los depredadores marinos, además de ofrecer una buena sensibilidad ante la picada. La ligereza es lo primero que se busca, pero también la resistencia. Las piezas suelen ser pesadas y voluminosas, por lo que hace falta contar con un equipo capaz de aguantar tanto su peso como su fuerza y que, por contrapartida, no implique un sobreesfuerzo del pescador.


¿Cuáles son los mejores cebos y señuelos para pescar desde embarcación?.- Si hay algo en lo que insisten todos los pescadores que realizan la pesca desde barco, y que ha quedado más que demostrado con el paso del tiempo, es que los cebos vivos y aquellos que dejan un potente rastro o aroma son los que mejor funcionan cuando se pesca en mitad del mar. Son capaces de atraer a todo tipo de depredadores que, hambrientos, no dudan en lanzarse a morderlos y, en consecuencia, picar en el anzuelo. Todo aquello de procedencia natural suele suponer una mayor tasa de éxito de cara a provocar la mordida. De hecho, algunos de los mejores cebos que se pueden emplear son cosas como langostinos, gambas o incluso trozos de sardina; son el aperitivo favorito de muchas de las especies contundentes que se mueven por agua salada.


Pulpitos señuelos de pesca.- Entre los señuelos más adecuados para este tipo de pesca, lo mejor es siempre buscar algo que llame la atención, pero que, por ejemplo si se recurre al curricán, no tenga colores demasiado excesivos. Los peces artificiales, incluso los vinilos que los imitan, funcionan bastante bien. De hecho, suelen ser los favoritos. Por otra parte, los púlpitos, las plumas, las cucharillas y todas esas opciones suelen funcionar sin problemas, siempre y cuando se recurra a combinaciones que se parezcan a las especies que hay por la zona. Introducir algo poco habitual en unas aguas es sinónimo de espantar a las piezas y reducir las probabilidades de conseguir que muerdan. Busca siempre aquello que se parezca a lo que consumen los depredadores del lugar y juega con las profundidades, así podrás asegurarte de que, al menos, piquen en tus anzuelos sin importar el método al que recurras.


¿Cuáles son los lugares más indicados para tener éxito en la pesca de alta mar?.- Por lo general, allá donde veas un grupo de aves sobrevolando y lanzándose al agua, será un buen lugar para probar suerte con las cañas, ya que es sinónimo de que hay piezas que pueden ser pescadas. De no ser así, tienes que pensar en los diferentes hábitats de las especies marinas. Cada una posee un comportamiento distinto, lo que hace que se esconda o habite zonas diferentes, como también profundidades diferentes. Un buen sitio para realizar la pesca en mar es cerca de los montes subacuáticos. Que te desplaces varias millas al interior del agua no implica que la profundidad siempre vaya a más o sea homogénea, hay montículos bajo el agua que alteran esta y que, a su vez, pueden hacer las veces de hogar o de refugio de numerosas e interesantes piezas.

  
Dado que lo habitual es moverse dentro de la plataforma continental, buscar todo aquello que sean barrancos, acantilados o incluso cañones bajo el mar es otra buena manera de aumentar el índice de éxito. El agua de estas zonas contiene numerosos nutrientes que descienden desde lo más profundo, convirtiéndose por tanto en los lugares más adecuados para que los peces busquen alimento y para que tu anzuelo sea mordido. Es ideal, también, aprovechar los cambios de temperatura que suelen darse en estos lugares, ya que implican la presencia de diferentes especies, aclimatadas a distintas condiciones térmicas.


La pesca desde barco trucos y técnicas.- El arrastre vuelve a ser útil en el perímetro de todas las estructuras de carácter artificial que se encuentren en el mar. Las torres destinadas a ayudar a los navegantes y las boyas de señalización son buenos lugares para echar las redes y llevarse un buen puñado de peces con suma facilidad, y es que hay muchos que se acercan a estas construcciones para refugiarse de determinados depredadores, o que simplemente permanecen ahí a la espera de otros más pequeños para devorarlos. Hay que recordar siempre que las profundidades juegan un papel primordial en este terreno. Las especies marinas que puedas encontrar no solo dependen del sitio en el que comiences a pescar, sino también de la profundidad a la que quieras hacerlo.

  
Por lo general, las piezas más grandes suelen moverse por profundidades medias y bajas y solo suben en caso de percibir un señuelo o un cebo que les llame poderosamente la atención. Infórmate bien de qué clase de pez, o de peces, quieres capturar antes de salir al mar. Cuando lo tengas claro, entérate bien de cuáles son sus comportamientos y en qué lugares suelen moverse y ve directamente a las zonas más indicadas para ello. Prepararse bien de antemano es la mejor forma de asegurar una jornada de pesca productiva y evitar pasar horas en balde bajo un sol castigador o en una fría noche. Aunque la paciencia siempre es algo que hay que llevar encima.


Nota.- Para poder practica la pesca marítima de recreo desde embarcación, se deberá estar en posesión de la licencia de actividad, que será expedida por la consejería competente en materia de pesca marítima, y solicitada por el titular de la embarcación, y amparar a todas las personas que realicen la pesca desde la citada embarcación. La pesca desde embarcaciones de recreo esta regulada por la orden de 20 de febrero de 1999 y diversas leyes promulgadas por las comunidades autónomas competentes en la materia.


La pesca marítima de recreo ha tenido en los últimos años un gran auge, alcanzando un importante desarrollo en las zonas costeras y, más recientemente, en mar abierto, dirigida a la captura de grandes migradores. Si bien no podemos estar de acuerdo con que la destrucción de los recursos pesqueros sea debido a la pesca deportiva, lo cierto es que un cierto control de la misma resulta adecuado. A efectos de regular, entonces, aquellos aspectos que inciden en la conservación de los recursos pesqueros, se promulgó por parte de las autoridades en el año 1999 una Orden por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en la cual se regula la pesca de recreo. También algunas comunidades autónomas han regulado la práctica de la pesca de recreo, entre ellas Cataluña, Valencia, Galicia, el País Vasco, Andalucía mediante sendas leyes. Lo cierto es que a pesar de las diversas fuentes de regulación, en términos generales es homogénea, por lo cual, con el análisis de la Orden Ministerial a que ya he hecho referencia podemos ver los requisitos necesarios para realizar esta actividad.


La Orden que comento establece las especies que esta autorizado pescar, las prohibidas y los topes máximos de captura, así como se adoptan medidas de protección especial y diferenciada para determinadas especies sensibles cuya captura se encuentren reguladas por organismos internacionales. También, se definen en ella los aparejos y utensilios autorizados en la pesca marítima de recreo de superficie y submarina. Su ámbito de aplicación es al ejercicio de la pesca marítima de recreo que se efectúe en aguas de jurisdicción o soberanía españolas y por ciudadanos españoles en aguas internacionales. La norma no es de aplicación en el archipiélago canario, excepto en lo que se refiere a la necesidad de contar con la licencia correspondiente y la declaración de desembarque. Tampoco se aplica a la pesca que se realiza en agua interiores ya que es competencia exclusiva en algunos casos de las comunidades autónomas o conferencias hidrográficas.
LA LICENCIA DE PESCA


Necesidad de autorización administrativa.- Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo es necesario disponer de la correspondiente autorización administrativa o licencia, expedida por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en cuyo litoral pretenda practicarse la actividad. Cuando el deportista vaya a capturar o tener a bordo de especies sometidas a medidas de protección diferenciadas y especificas, las embarcaciones deberán disponer de una autorización de la Secretaría General de Pesca Marítima. Están sometidas a estas medidas especiales de protección las siguientes especies: Atún rojo, Atún blanco, Patudo, Pez espada, Marlines, Agujas, el Pez vela y la Merluza. Tanto la autorización a que he hecho referencia como la licencia citada deben llevarse a bordo cuando se ejerza la actividad. La expedición de los citados documentos estará sometida al pago de las tasas correspondientes.
LIMITACIONES


Establecimiento de topes máximos de captura.- El tope máximo de captura por licencia y día en la pesca marítima de recreo de especies distintas a las especialmente protegidas que hicimos mención será de 5 kilogramos, pudiendo no computarse el peso de una de las piezas capturadas. Cuando se trata de pesca colectiva desde embarcación y el número de licencias a bordo sea superior a cinco, no podrá superarse el máximo de 25 kilogramos por día. Los topes máximos de captura en la pesca marítima de recreo de especies sujetas a medidas especiales de protección será de:
Cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día, para el conjunto atún blanco, patudo y merluza.
Una pieza por licencia y día, con un máximo de cuatro piezas por embarcación y día, para el resto de las especies.
En el caso de la pesca de atún rojo en el Mediterráneo los límites de captura se establecen en:
* Una pieza por licencia y día hasta un máximo de tres por barco para ejemplares superiores a 80 kilogramos de peso medio.
* Dos piezas por licencia y día hasta un máximo de seis por barco para ejemplares de peso medio entre 30 y 80 kilogramos.
* Cuatro piezas por licencia y día hasta un máximo de 12 por barco para ejemplares de peso medio entre la talla mínima autorizada y los 30 kilogramos.


En cualquier caso, las embarcaciones de pesca recreativa no pueden tener a bordo capturas superiores a los límites máximos autorizados para cada día en los apartados anteriores, quedando expresamente prohibido cualquier trasbordo de las mismas. Por otro lado, cuando se vayan a celebrar concursos o competiciones deportivas, en las que se pretenda superar los topes de capturas establecidos en el artículo anterior, será necesaria una autorización expresa de la Secretaría General de Pesca Marítima que deberá acompañarse con la documentación acreditativa de haber solicitado la autorización que haya de emitir la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias en materia de ocio y deporte.
APAREJOS DE PESCA Y OTRAS LIMITACIONES


Aparejos y utensilios autorizados en la pesca marítima de recreo de superficie.- Para la práctica de la pesca marítima de recreo en superficie, bien sea desde la costa o desde una embarcación, únicamente podrán emplearse líneas o aparejos con un máximo de seis anzuelos o dos poteras por licencia. Los cebos artificiales se considerarán como anzuelos y no se podrán utilizar más de dos aparejos por licencia.


Arpones autorizados y marcas en la pesca marítima submarina de recreo.- La pesca marítima submarina de recreo podrá ejercerse exclusivamente con arpones manuales o impulsados por medios mecánicos. En la práctica de la pesca marítima submarina de recreo, cada buceador deberá marcar su posición mediante una boya de señalización claramente visible.


Declaración de desembarque.- Los Capitanes o Patrones de las embarcaciones o, en su caso, los titulares de las licencias, cuando capturen especies de especial protección, deberán cumplimentar una declaración de desembarque cuyo modelo figura en el anexo de la orden que comentamos, remitiéndola directamente a la Secretaría General de Pesca Marítima, o bien a través de un club o asociación de pesca recreativa reconocida, en un plazo máximo de siete días naturales a partir del momento de la captura.


Tallas mínimas.- En todo caso deberán respetarse las tallas que se fijan en el Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, por el que se establecen las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras. Los ejemplares que no alcancen la talla autorizada deberán ser devueltos inmediatamente a la mar.
PROHIBICIONES.- En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:
La venta de las capturas obtenidas.
Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberán mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 metros de los buques pesqueros y de los artes o aparejos profesionales calados.
El uso y la tenencia de artes o aparejos propios de la pesca profesional, tales como palangres, nasas o cualquier clase de redes.
El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica o de cualquier otro tipo que no sea la estrictamente manual. No obstante, se autoriza el uso de un máximo de dos carretes eléctricos siempre que, en su potencia máxima conjunta, no se superen los 300 W.


El uso de cualquier medio de atracción o concentración artificial de las especies a capturar y, de forma expresa, el uso de luces a tal objeto. De esta prohibición queda excluida, en el área mediterránea, la modalidad de pesca conocida como brumeo, en la que se emplean ejemplares enteros de pescados para mantener los bancos de grandes pelágicos en las proximidades de la zona de pesca. A estos efectos, se permitirá la tenencia a bordo de hasta 60 kilogramos de pequeños pelágicos, o especies similares, en ningún caso vivos, por embarcación y día.
El uso de cualquier aparato que emplee, como fuerza propulsora para el lanzamiento de arpones, mezclas detonantes o explosivas.
El empleo o tenencia de cualquier clase de sustancia venenosa, narcótica, explosiva o contaminante.
El uso de equipos autónomos de buceo en el ejercicio de la pesca submarina.
El uso o tenencia de torpedos hidrodeslizadores y vehículos similares.
La pesca en los canales de acceso a puertos, en el interior de ellos y a menos de 100 metros de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.
La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol.


Especies cuya pesca o captura recreativa esta prohibida.
Corales.
Moluscos bivalvos y gasterópodos.
Crustáceos.
Cualquier otra especie cuya captura esté prohibida por la normativa comunitaria o española o por los Convenios Internacionales suscritos por España.


Régimen de infracciones y sanciones.- Las infracciones y sanciones en materia de pesca vienen reguladas en la ley 3/ 2001, de pesca marítima del Estado. Son responsables de las infracciones tipificadas en el ámbito de la pesca marítima las personas físicas o jurídicas que las cometan y cuando la infracción sea imputable a varias personas y no sea posible determinar el grado de participación de cada una, responderán solidariamente los propietarios de buques, armadores, fletadores, capitanes y patrones o personas que dirijan las actividades pesqueras. Como es habitual en el derecho sancionados las infracciones administrativas previstas se clasifican en muy graves, graves y leves, prescribiendo en el plazo de tres años las muy graves, en el de dos años las graves y en el de seis meses las leves.


***Debemos tener en cuenta que las autoridades competentes en materia de pesca marítima y los agentes y autoridades que actúen por delegación, como por ejemplo las Patrullas del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, pueden adoptar medidas desde el momento en que tengan conocimiento de la comisión de una presunta infracción como ser la retención de la embarcación o de las artes de pesca antirreglamentarias y el apresamiento del buque en los supuestos de infracciones graves o muy graves, para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, el buen fin del procedimiento, evitar el mantenimiento de los efectos de la infracción y garantizar los intereses generales. La adopción de estas medidas debe esta fundamentada y motivada, y pueden tomarse incluso de forma verbal, con la obligación de reflejarlo por escrito en un plazo máximo de 5 días.


Se califican como infracciones graves.
El ejercicio o realización de actividades de pesca, sin disponer de la correspondiente autorización o licencia.
El incumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de pesca.
El incumplimiento de las normas vigentes sobre modalidades de pesca.
La utilización o tenencia a bordo de los prohibidos, no autorizados o antirreglamentarios.


Como infracciones muy graves.- La realización de actividades no permitidas en las zonas de protección pesquera. En cuanto a las sanciones que pueden aplicarse por la comisión de las infracciones indicadas son las siguientes:
* Apercibimiento.
* Multa.
* Inhabilitación para el ejercicio o desarrollo de actividades pesqueras durante un período no superior a cinco años.
* Incautación de artes, aparejos o útiles de pesca prohibidos o que infrinjan la normativa vigente.
* Decomiso de los productos o bienes.
* Incautación del buque.


La graduación de las sanciones, será:
Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de 60 a 300 euros.
Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 301 a 60.000 euros.
Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 a 300.000 euros.


Explotación lucrativa de la pesca recreativa.- La pesca recreativa realizada desde embarcaciones destinadas a su explotación comercial para esta actividad, deberá cumplir además los siguientes requisitos:
Disponer de un permiso de actividad expedido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En dicho permiso se especificarán, en caso necesario, las capturas permitidas en cómputo anual.
Suministrar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, información acerca de las capturas efectuadas por zona y período de tiempo, de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen.


Normas sobre el tema promulgadas por las Comunidades Autónomas.- Por tratarse España de un estado compuesto, para el ejercicio de la pesca deportiva es conveniente también conocer las obligaciones exigidas por la legislación de la Comunidades Autónomas.


A continuación se indican las principales:
Decreto 211/1999, de 17 de junio, que regula la pesca marítima de recreo en Galicia, desarrollada por la orden de 13 de agosto de 1999
Decreto 76/ 200, de 2 de noviembre, que regula la pesca marítima de recreo en el Principado de Asturias.
Decreto 45/ 2002, de 2 de abril, por el que se establecen normas para la pesca marítima en Cantabria.
Decreto 109/1995, de 24 de marzo, de regulación de la pesca marítima en Cataluña
Ley 6/ 1998, de 13 de marzo, de pesca marítima en el País Vasco
Decreto 121/ 1998, de 6 de agosto, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas del archipiélago Canario.
Decreto 131/ 2000, de 5 de septiembre, por el que se establecen las normas de pesca marítima de recreo en la Comunidad Valenciana.
Decreto 61/ 2002, de 19 de abril, que modifica el Decreto 69/ 199, de 4 de junio, que regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear.
Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en Andalucía.


Cosas a tener en cuenta antes de realizar nuestro viaje de pesca.- Cada vez hay más gente dispuesta a pagar un viaje de pesca, animada por los artículos y documentales que se publican en los medios. Pero hay que tener en cuenta ciertas cosas, y es que ni en todas partes las pesca es fácil, ni la pesca en abundancia debe ser el motivo principal del viaje. Viajar implica conocer gente, otras culturas, otros paisajes y ambientes, y éste debe ser nuestro principal objetivo, disfrutar de algo diferente a nuestro día a día. Si realmente somos unos enfermos de la pesca y no pescar mucho y grande supondría un fracaso, tendríamos que plantearnos muy bien si hacer una excursión de pesca, máxime si es por cuenta propia, debiendo acudir a empresas especializas para tratar de asegurar al máximo los resultados, estando dispuestos a desembolsar mucho dinero. Si decides embarcarte en una aventura de pesca, sólo me queda desearte ánimo y buena pesca.


Buscar viajes por internet.- Lo cierto es que hoy en día no quedan lugares en el mundo en los que no podamos organizar nuestro viaje de pesca gracias a internet. Esto ha abierto la puerta a la masificación, por supuesto, y a duras penas quedan lugares exclusivos en los que la presión de pesca sea mínima, y además esa exclusividad suele suponer lejanía extrema y precios altos, pasando a la fuerza por agencias o empresas que gestionan la pesca en reservas. Por lo demás es tan sencillo como ver a dónde vuelan las compañías que nos interesan o elegir un país sin más y ponerse a buscar. 


Organizar excursiones de pesca por nuestra cuenta lleva tiempo, mucho más de lo que parece, al menos si queremos tener todo bien estudiado y hacerlo más o menos barato, pero esto también forma parte del viaje de pesca al igual que el acopio de materiales y preparación del viaje. Otra cosa importante que observaremos durante nuestro proceso de búsqueda de información es que la web del ministerio de asuntos exteriores en la que se dan recomendaciones a los viajeros suele ser extremadamente alarmista, por lo que conviene tener en cuenta los consejos, pero no tomarlos al pie de la letra, siendo recomendable asistirnos de foros de viajes que nos trasladarán una imagen más real de país en cuestión.


Climas y épocas.- El tiempo en la pesca es uno de los factores más importantes que debemos tener en cuenta. Antes que nada hay que echar un vistazo a la web del tiempo y clima donde podremos encontrar los históricos climáticos de prácticamente cualquier ciudad del mundo. Una consulta a la ciudad más próxima a nuestro destino soñado, para ver en los últimos años las temperaturas, precipitaciones y régimen de vientos en las fechas de la visita, nos va a resultar determinante. Por lo general en los destinos más turísticos los momentos de mal tiempo de gente se catalogan como temporada baja, pudiendo conseguir a veces buenos descuentos. 


Si bien hay que asumir riesgos climatológicos que puedan dar con el traste a nuestro charter de pesca, y en sitios poco turísticos no existirá temporada baja. Los destinos tropicales tendrán una estación seca y una lluviosa, los destinos templados tendrán una estación fría, una cálida y dos de entretiempo, mientras que los destinos más cercanos a los Polos sólo tendrán un breve periodo en el que la temperatura será más templada, con el sol tanto de noche como de día con el resto del año en una condiciones demasiado inhóspitas.


Especies a pescar.- Habrá especies residentes, actas para la pesca todo el año, y habrá unas temporales, que se moverán seguramente en función de la temperatura del agua, lo que también puede hacer que elijamos una u otro fecha para el viaje. Esta información puede ser más complicada de encontrar, debiendo de investigar en webs y blogs que te ayuden, siendo más recomendable los nativos del lugar. Debemos de establecer un ranking de especies a pescar, según la época, probabilidad de aparición y ganas de tacharla de la lista, esto será muy útil a la hora de seleccionar el equipo de pesca.


Materiales de pesca.- Es otro de los pilares del viaje. Hay charters de pesca en los que se proporciona el material de pesca, aunque lo normal es que seamos bastante maniáticos y prefiramos pescar con nuestros equipos, algo que se tomará imprescindible si vamos a pescar sin guía. Esto va a suponer que tengamos que acarrear con materiales extras, que en muchos casos pueden ser muy pesados y que estarán muy limitados. Lo habitual será disponer de 30 a 35 kilos por persona si no tenemos que pasar por avionetas de pequeño tamaño, en cuyo caso pasaremos a la mitad , aunque a veces esto se soluciona pagando un dinero extra. También tenemos que hacernos un seguro médico, preparar los visados y la moneda del país que queramos ir, con todo ello que pasemos unos días de pesca con buenas recompensas. Estos son algunas recomendaciones y consejos a tener en cuenta antes de irnos de pesca a lugares inhóspitos buscando nuestra especie deseada…

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